QUIENES SOMOS : OBJETIVOS  
 

 

     
 
...PROCEDIMIENTO

...

El procedimiento se puede iniciar:

- Directamente ante el Instituto Laboral.

- Después de la intervención de la Comisión Paritaria del convenio aplicable, cuando se establezca esta obligación con caracter previo a otra actuación

En este caso, si la Comisión Paritaria no se reune en los plazos fijados, El Instituto Laboral procederá a citar transcurridos 20 días desde la entrada del expediente en dicha Comisión

 

...La Conciliación - Mediación

....Se inicia mediante escrito, presentado por cualquiera de los afectados por el conflicto, debe contener la identificación de las partes, el objeto del conflicto y la solicitud de mediación.

....En el plazo máximo de 5 días hábiles a partir del día siguiente al de entrada del escrito tiene lugar la mediación, en el caso de huelga este plazo es de 72 horas.

....La mediación solicitada se finaliza de las siguientes formas:

....Con avenencia: en este caso el acuerdo tiene el efecto vinculante de un Convenio Colectivo y en caso de incumplimiento del acuerdo, puede solicitarse su ejecución.

....Sin avenencia o Intentado Sin Efecto: abriéndose la puerta directa a la vía judicial.

....Con sometimiento a un arbitraje.

 

....El Arbitraje

....Hace falta la voluntad expresa de las partes en conflicto de someterse a la decisión imparcial de uno o varios árbitros, libremente elegidos por las partes, de entre la lista de árbitros, profesionales y expertos en relaciones laborales, que facilita el Instituto Laboral.

....El árbitro adopta una decisión que pone fin al conflicto y dicta un laudo arbitral de obligado cumplimiento en el plazo de 10 días,salvo que las partes fijen otro plazo, previa audiencia de las partes.