QUIENES SOMOS : OBJETIVOS :
PROCEDIMIENTO :
Mediación

 

MEDIACIÓN-CONCILIACIÓN    

....Se inicia mediante escrito, presentado por cualquiera de los afectados por el conflicto, debiendo contener la identificación de las partes, el objeto del conflicto y la solicitud de mediación.

....En el plazo máximo de 5 días hábiles a partir del día siguiente al de entrada del escrito tiene lugar la mediación, en el caso de huelga este plazo es de 72 horas.

....La mediación solicitada se finaliza de las siguientes formas:

....Con avenencia: en este caso el acuerdo tiene el efecto vinculante de un Convenio Colectivo y en caso de incumplimiento del acuerdo, puede solicitarse su ejecución.

....Sin avenencia o Intentado Sin Efecto: abriéndose la puerta directa a la vía judicial.

....Con sometimiento a un arbitraje.

....Es necesario la actuación de la Comisión Paritaria, con carácter previo a la solicitud de mediación, siempre que lo establezca el Convenio Colectivo. Los plazos y procedimientos serán los que establezcan el Convenio colectivo y en caso de que no exista procedimiento propio se estará a las normas subsidiarias que aporte el Instituto Laboral. Siempre que no se cumplan estos plazos, el Instituto Laboral procederá a citar a las partes para la mediación.